NO SE PUEDE EXIGIR QUE EN LOS CERTIFICADOS O CONSTANCIAS DE TRABAJO PRECISEN EL LUGAR O PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Un comité no puede exigir que en los certificados o constancias de trabajo precisen el lugar o prestación del servicio.
La información mínima requerida en las bases estándar, se establece que “Los documentos que acrediten la experiencia deben incluir los nombre y apellidos del personal clave, el cargo desempeñado, el plazo de la presentación indicando el día, mes y año de inicio y culminación, el nombre de la entidad u organización que emite el documento, la fecha de emisión y nombres y apellidos de quien suscribe el documento”.
Para mayor precisión se tiene la Resolución del Tribunal clic aquí.
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