EJECUCIÓN DE OBRA:  LA OFERTA ECONOMICA NO CONTIENE EL DESAGREGADO DE LOS GASTOS FIJOS Y VARIABLES EN EL SISTEMA A SUMA ALZAD

CORRESPONDE LA NO ADMISIÓN DE LA OFERTA EN EL SISTEMA A SUMA ALZADA, AL OMITIR CONSIGNAR, COMO PARTE DE LOS GASTOS GENERALES, LOS GASTOS FIJOS Y LOS GASTOS VARIABLES

El presentar la oferta económica a través del Anexo Nº6 "Precio de la Oferta", adjuntando para tal caso el desagregado de las partidas de la oferta económica tal como lo establece la Ley, las bases integradas y las bases estándar aplicables a los procedimiento de selección de obras; sin embargo, al terminar de desagregar las partidas, se omitió consignar, como parte de los gastos generales, los gastos fijos y los gastos variables, tal como lo establece el formato de desagregado de partidas aplicables al sistema de suma alzada dentro del procedimiento de selección y las bases estándar, esta deberá tenerse por NO ADMITIDA.

Los postores deben considerar en su oferta económica cada partida, detallando la unidad, el metrado, y el precio unitario, así como el monto del sub total que corresponde a dicha partida, de tal manera que puedan plasmar el total del costo directo, los gastos generales (debiéndose desagregar en gastos fijos y gastos variables), el total de los gastos generales, la utilidad, el sub total, el IGV, para finalmente determinar el monto total de la oferta.

 

Para mayor precisión se tiene la Resolución del Tribunal clic aquí.

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